Funciones y el límite de la Policía Municipal de Tránsito

Ultima actualización: 19 Abr, 2021 - 20:17:28
Luis Armando Solórzano murió la tarde del 28 de febrero por múltiples lesiones en todo el cuerpo, principalmente en la cabeza y el tórax. Los responsables podrían ser tres policías municipales de tránsito de Antigua Guatemala, extremo que el Ministerio Público debe probar en una investigación que está en proceso.



Funciones y el límite de la Policía Municipal de Tránsito

Por: Angy

Para Francisco Jiménez, investigador del Instituto de Enseñanza para el Desarrollo Sostenible (Iepades), las acciones, supuestamente cometidas por los policías de Antigua Guatemala, solo pueden entenderse como un abuso de poder, porque tienen a su cargo las tareas de control del tránsito y no del orden público o seguridad ciudadana.



“No existe ninguna normativa que justifique esta acción”, señaló. Jiménez indicó que Solórzano no era un riesgo evidente a la seguridad de terceros, y más bien lo que se nota en los vídeos es fuerza sin ninguna justificación aparente.

Además, plantea que las policías municipales no pueden dar seguridad ciudadana, a lo mucho integrar el esquema de seguridad preventiva, en donde se aplica fuerza policial.

En el caso de Antigua Guatemala, esta comuna tiene una fuerza policial de 103 elementos –39 son de tránsito–, divididos en dos turnos. Además, hay elementos asignados a áreas operativas.

El caso de Solórzano obliga a plantearse cuál es el límite de las policías locales y quién debe controlarlas.

¿Cuál es el límite?

En todo el país 74 de 340 municipios tienen autorizada Policía Municipal de Tránsito, según informó el Departamento de Tránsito de la PNC.

Pablo Castillo, vocero del Ministerio de Gobernación, explicó que la Policía Nacional Civil (PNC) tiene convenios con algunas municipalidades, como la de Villa Nueva y Mixco para efectuar inspecciones y recorridos combinados en los municipios. Estos convenios, explicó Castillo, permiten armar grupos de patrullajes entre la policía municipal y agentes de la PNC.

Axel Romero, exviceministro de Prevención de la Violencia y el Delito del Ministerio de Gobernación, recordó que la muerte de Solórzano no es la primera, hace años también se registró la muerte de un delincuente durante un patrullaje combinado en Mixco y fue acusado de homicidio.

Asimismo, señaló que el límite que los policías municipales tienen en la seguridad ciudadana es la vigilancia preventiva, por lo que no pueden ejecutar ninguna acción, y tampoco hacer uso de la fuerza.

Romero explicó que el Estado delega su fuerza en tres situaciones: el control de tránsito a las municipalidades, el cuidado de los inmuebles municipales, investigación o seguridad privada; pero la aplicación de la fuerza no se traslada y es ejercido solo por las fuerzas de seguridad, en este caso la PNC.

“Una detención civil la puede ejercer cualquier ciudadano, pero inmediatamente se debe poner al sujeto a disposición de la Policía Nacional Civil y de las autoridades correspondientes para que se investiguen”, insistió Romero.

El exfuncionario expuso que la necesidad de seguridad en los municipios ha obligado a las comunas la utilización de a figura de la policía municipal para ejercer control, los primeros casos registrados se dieron en Ciudad Vieja, Sacatepéquez hace 15 años aproximadamente, lo siguieron Mixco y Villa Nueva, pero están al marguen de la Ley, es decir no pueden capturar a personas, registrar vehículos, controlar una manifestación, someter por la fuerza a un individuo, porque no es legal.

Romero dijo que las municipalidades deben utilizar este recurso por necesidad y hay que resolverlo, que podría solucionarse por medio de una reforma a la Ley para que tengan el uso de fuerza medido o se profesionaliza a más personas para que tengan seguridad en los municipios.

Mientras que Jimenez indica que para reforzar la seguridad en los municipios la PNC tienen diversos desafíos como dar cobertura con más agentes, generar estrategias municipales de contención del delito y seguridad preventiva, reorganización del despliegue policial acorde al lugar, entre otros.

Lizandro Acuña, analista en temas de seguridad y justicia, explicó que ninguna persona puede tomar acciones al margen de la Ley, ni privar a nadie de su libertad. Además, señaló que en este caso hay abuso de poder, superioridad, de la fuerza y por lo tanto trae responsabilidades penales.

“Es importante la capacitación legal para el manejo de armas y de crisis sociales en el tema de conflictividad, porque muchas veces se dan en mercados, instituciones del municipio y conflictos entre vecinos. Ellos pueden intervenir, pero obviamente esa intervención tiene que ser preventiva”, afirmó.

Fuente: Prensalibre.com




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Este artículo se publicó originalmente el 19 Abr, 2021 - 19:37:13

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